Belen, no sé si con preguntar en la Consejería te vale. Llama y a ver qué te dicen.
En cuanto a lo del burofax: cuando se manda una reclamación, del tipo que sea, tienes que intentar tener prueba del día que lo mandas, a quién se lo mandas y del contenido de lo que mandas.
Cuando se envía una carta por correo con acuse de recibo, tan sólo tienes probado que en un cierto día mandaste una carta a un determinado señor, pero no tienes prueba del contenido (podrías haber mandado un sobre con una hoja en blanco).
Lo que hace la certificación de contenido es que, el sobre se lo das abierto a Correos, y les das una copia de la carta; Correos te devuelve la copia con un sello oficial, que certifica que esa copia es idéntica al contenido de la carta enviada (sólo lo hacen para el burofax). De esta forma, con el acuse de recibo y la certificación de contenido, acreditas que determiando día mandaste una determinada carta a un determinado señor. La prueba al completo.